Directrices ADA para restaurantes

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades, o ADA, ayuda a proteger a los consumidores con discapacidades de la discriminación y garantiza que las personas con discapacidades puedan cenar o trabajar en un restaurante, así como a una persona sin discapacidades físicas. El Departamento de Justicia hace cumplir las reglas que se aplican a los edificios e instalaciones de un restaurante.

Estacionamiento

Un restaurante debe proporcionar espacios accesibles en su estacionamiento que tengan al menos 8 pies de ancho. Los puntos designados deben estar en una superficie nivelada con una pendiente del 2 por ciento o menos. Debe haber al menos un lugar de estacionamiento accesible por cada 25 espacios de estacionamiento en el estacionamiento de un restaurante. Además, al menos uno de cada ocho espacios de estacionamiento accesibles debe tener un pasillo de acceso de al menos 8 pies de ancho, de modo que sea accesible para las personas con camionetas. Un restaurante debe colocar sus espacios accesibles en la ubicación más cercana a sus entradas accesibles.

Rutas de viaje al restaurante

Un restaurante debe proporcionar al menos una ruta de viaje que sea accesible para aquellos que desean acceder al restaurante desde lugares de estacionamiento, paradas de transporte público, calles públicas o una zona de carga de pasajeros. Las zonas de carga de pasajeros deben ser paralelas al espacio de un vehículo y deben tener al menos 60 pulgadas de ancho y 20 pies de longitud. Si hay bordillos en una ruta de viaje, un restaurante también debe proporcionar una rampa que tenga al menos 36 pulgadas de ancho, sin contar los lados abombados, y tener una pendiente del 2 por ciento o menos.

Restaurante rampas

Si un restaurante proporciona una rampa para sus clientes discapacitados, la pendiente máxima debe ser de 1:12 o menos. Las rampas deben tener al menos 36 pulgadas de ancho con una longitud mínima de aterrizaje de 60 pulgadas. Si una rampa es más larga que 6 pies, debe tener un pasamanos a cada lado que mida 34 a 38 pulgadas de altura.

Entradas

Si la entrada a un restaurante tiene escaleras al comedor, también debe proporcionar una rampa, un ascensor o una entrada alternativa accesible. Las puertas de restaurante accesibles son aquellas que proporcionan una abertura de 32 pulgadas. En el caso de una puerta doble, al menos una de las puertas debe proporcionar una abertura de 32 pulgadas. Debe haber al menos 18 pulgadas de espacio libre en la pared cuando una persona debe tirar de la puerta para entrar o salir del restaurante o una habitación dentro de ella. Además, una persona debe poder abrir o cerrar una puerta con el puño cerrado. Los bordes biselados en la puerta no deben medir más de 0.75 pulgadas, y el borde del umbral debe ser de 0.25 pulgadas o menos.

Asientos, mesas y mostradores.

Los pasillos entre los asientos fijos deben tener al menos 36 pulgadas de ancho, y los restaurantes deben proporcionar asientos para sillas de ruedas en todo el comedor. Para acomodar a los que están en sillas de ruedas, las mesas y los mostradores deben medir de 28 a 34 pulgadas de altura. Debajo de la mesa, un restaurante debe proporcionar espacio para las rodillas de al menos 30 pulgadas de ancho, 27 pulgadas de alto y 19 pulgadas de profundidad. Los cajeros y los mostradores de pedidos de alimentos deben medir 36 pulgadas de alto o menos o tener un espacio en el lateral donde el personal del restaurante pueda ayudar a los clientes o pasar los alimentos a un cliente que no pueda alcanzar el mostrador.

Recomendado